IMAIP/COMUNICACIÓN SOCIAL/BOLETÍN/42/2024

IMAIP: RESPETUOSO DEL PROCESO LEGISLATIVO DE SIMPLIFICACIÓN ORGÁNICA

Morelia, Michoacán; jueves 05 de diciembre de 2024.-  Ante las recientes publicaciones en relación al proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de simplificación orgánica y por el cual se plantea la extinción de diversos organismos autónomos constitucionales, entre ellos, los Organismos Garantes de la Transparencia, el Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales por conducto de su Comisionado Presidente Mtro. Abraham Montes Magaña, dio a conocer las etapas del proceso legislativo en curso para brindar claridad a los sujetos obligados, medios de comunicación y ciudadanía en general:

  • El proyecto de Decreto al día de hoy, se encuentra en la etapa de declaratoria constitucional por parte de las Cámaras del Congreso de la Unión, para posteriormente dar paso a su promulgación, publicación y entrada en vigencia, acorde a lo que establece el proceso legislativo señalado en nuestra Constitución.
  • Conforme lo señalan los artículos segundo, cuarto, quinto, sexto y séptimo transitorios del proyecto de Decreto, queda establecido que:
    • El Congreso de la Unión tendrá un plazo de noventa días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto para realizar las adecuaciones necesarias a las leyes que correspondan para dar cumplimiento al mismo;
    • Las adecuaciones legislativas que se realicen deberán considerar la eliminación de los organismos, unidades administrativas o estructuras que representen duplicidad de funciones, así como la integración de los órganos desconcentrados y descentralizados o unidades administrativas en las dependencias de la administración pública centralizada que puedan asumir su competencia.
    • Las Constituciones de los Estados en términos de la ley general, definirán la competencia de los órganos encargados de la contraloría u homólogos de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y demás sujetos obligados responsables de garantizar el derecho de acceso a la información pública y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, conforme a los principios y bases establecidos por el artículo 6o. de la Constitución y la ley general que emita el Congreso de la Unión para establecer las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de este derecho.
    • Las Legislaturas de las Entidades Federativas, en el ámbito de su competencia, tendrán el plazo máximo de 90 días naturales contados a partir de la expedición de la legislación secundaria general y federal, para armonizar su marco jurídico en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, conforme al propio Decreto.
    • Una vez que entre en vigor la legislación secundaria general y federal, se entenderán extintos los entes públicos a los que hace referencia el Decreto, es decir, nuestro par nacional, el INAI.
    • Los Comisionados del INAI concluirán sus funciones hasta la entrada en vigor de la legislación secundaria federal y los Comisionados de los Organismos Garantes de las Entidades Federativas, -el IMAIP-, concluirán sus funciones hasta la entrada en vigor de la legislación secundaria local (Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo);
    • Los derechos laborales de las personas servidoras públicas serán respetados en su totalidad, en términos de la legislación aplicable. Los recursos humanos con que cuenten los entes públicos que se extinguen a consecuencia del Decreto pasarán a formar parte de aquellos que asuman sus atribuciones, cuando corresponda.

Ante este escenario, el Comisionado Presidente manifestó lo siguiente:

  • El IMAIP ha sido, es y será respetuoso del proceso legislativo que acompaña el proyecto de Decreto de Reforma Constitucional en materia de Simplificación Orgánica que, conforme lo establece la propia Constitución, una vez concluido el proceso en el ámbito federal, será armonizada nuestra Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo y las leyes secundarias locales por el H. Congreso del Estado de Michoacán.
  • Que, como se señaló, no podemos ni debemos adelantarnos a las determinaciones que se tomen en el Congreso de la Unión y en la Legislatura Local respecto al diseño institucional que se establezca en las leyes secundarias. El IMAIP, al igual que cualquier institución, debe manifestarse a favor del respeto a nuestra Constitución y a la legalidad.
  • Que conforme lo señala el proyecto de Decreto, los Derechos Humanos de Acceso a la Información y el de la Protección de Datos Personales de las y los Michoacanos deberán seguir siendo garantizados por los 272 sujetos obligados de nuestro Estado, así como por la o las instituciones que asuman dichas atribuciones, conforme lo establezcan las leyes secundarias locales;
  • Que las y los servidores públicos del IMAIP actuaremos de manera respetuosa a nuestra Constitución y realizaremos las acciones necesarias para realizar una transición ágil y ordenada, siempre pensando en el bien de la ciudadanía, tal cual se ha venido trabajando durante dos décadas, siendo garantes tanto del derecho a saber, como el de la protección de datos personales, promoviendo la cultura de la transparencia; archivos y gestión documental; verificando el cumplimiento de las obligaciones de transparencia; capacitando a servidores públicos y ciudadanía en general; trabajando todos los días bajo el modelo de un Estado Abierto, llevando con orgullo la representación de Michoacán al ámbito nacional e internacional, con resultados claros que nos permiten sentirnos satisfechos del trabajo realizado;
  • Un hecho que nos brinda tranquilidad, es que las más de 70 personas que laboran en esta Institución, tendrán garantizados sus derechos laborales.
  • Finalmente, estaremos atentos a cualquier convocatoria o llamado por parte del Honorable Congreso del Estado de Michoacán, para coadyuvar en el fortalecimiento del nuevo diseño institucional conforme al marco normativo que se establezca, siempre velando por el bien de nuestro querido Estado de Michoacán.

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